De
conformidad con lo dispuesto en al artículo 31, apartado e), de los vigentes
Estatutos de la Unión de Festejos San Bonifacio, Mártir, la máxima entidad
festera convoca Asamblea General Extraordinaria, a las 21:30 h. en primera
convocatoria y a las 22:00 h. en segunda, para el debate y aprobación, si
procede, de la propuesta presentada en la pasada Asamblea Extraordinaria del
día 16 de febrero de 2018, por la Junta Central Directiva, con arreglo al
siguiente Orden del Día:
1º.- Debatir y aprobar si
procede, la propuesta de modificación del artículo 50, capítulo III, del
vigente Reglamento, que hace referencia a los Festejos.
Su
actual redacción es la siguiente:
Artículo 50.- Abrirá el
desfile una Banda de Música designada por la Unión de Festejos.
Seguirá la Comparsa que ostenta la Media Fiesta del Bando
al que corresponda la Entrada, a la que seguirá el resto de las Comparsas de
dicho Bando en el orden que les corresponda.
A continuación el otro Bando
con su Comparsa de Media Fiesta al frente y por las demás Comparsas del mismo
orden que les corresponda.
Al frente de cada Comparsa
figurarán todos sus Cargos Festeros de ese año. El Capitán y la Abanderada, a
caballo; la “Rodella” podrá ir en un palanquín.
El Embajador de cada Bando
figurará también a caballo, junto a los Cargos Festeros de la Comparsa que
ostente la Media Fiesta.
La participación de
cualquier Cargo Festero, excepto la “Rodella”, que no sea a caballo, requerirá
expresamente la autorización de la Junta Central Directiva.
Propuesta de nueva
redacción:
Artículo
50.- Abrirá el desfile el Embajador Cristiano en la Entrada Cristiana y el
Embajador Moro en la Entrada Mora, ambos a caballo, acompañado por una Banda de
Música designada y costeada por la Unión de Festejos. La Comparsa que ostenta
la Media Fiesta designara una filà en traje de gala y con armamento, si la
misma lo tuviese, cerrando el bloque delante de la Banda de Música, con el
mínimo y máximo de festeros en dicha filà, establecidos en los Estatutos y
Reglamento vigente de la Unión de festejos. Además la Comparsa colocará a cada
lado del bloque una hilera de 6 festeros como mínimo y 8 como máximo, vestidos
con el traje oficial de la Comparsa de la Media Fiesta o con traje de gala. Los
mismos podrán portar de manera opcional, banderines, plumeros, armamento u otro
tipo de elemento. Delante de cada hilera irá el banderín de la Unión de
festejos a cada lado.
Este
bloque del Embajador será siempre el primero en la apertura que presente la
Comparsa que ostenta la Media Fiesta.
Seguirá
la Comparsa que ostenta la Media Fiesta al frente y por las demás Comparsas del
mismo en el orden que les corresponda.
A
continuación el otro Bando con su Comparsa de Media Fiesta al frente, el
Embajador figurará también a caballo, con los Cargos Festeros de la Media
Fiesta y por las demás Comparsas del mismo en el orden que le corresponda.
Al
frente de cada Comparsa figurarán todos sus Cargos Festeros de ese año. El
Capitán y la Abanderada, a caballo; la “Rodella” podrá ir en un palanquín.
La
participación de cualquier Cargo Festero, excepto la “Rodella”, que no sea a
caballo, requerirá expresamente la autorización de la Junta Central Directiva.
A
continuación, y de conformidad con lo dispuesto en al artículo 31, apartado d,
de los mencionados Estatutos, se convoca Asamblea General Extraordinaria, para
el debate y aprobación, si procede, de la propuesta también presentada en la
pasada Asamblea Extraordinaria de fecha 16 de febrero de 2018, por la Junta
Central Directiva, con arreglo al siguiente Orden del Día:
1º.- Debatir y aprobar si
procede, la propuesta de modificación del artículo 81 y anulación del artículo
85, del capítulo IV, del vigente Reglamento, que hace referencia a la
participación de las filàs en los Festejos.
Su
actual redacción es la siguiente:
Artículo
81.- La participación de todas las “filàs” en las comparsas será con arreglo a
los siguientes criterios de actuación:
a)
Cada comparsa tendrá total autonomía para ampliar o no su número de “filàs”,
sin sobrepasar nunca el límite máximo fijado en veinticuatro.
b)
Se limita a 24 el número máximo de “filàs”, por comparsa, que podrán desfilar
en las Entradas y Procesión y entendiendo por “filà” lo redactado en el artículo a) 15.
Propuesta de nueva
redacción:
Artículo 81.- Cada comparsa tendrá total
autonomía para ampliar o no su número de “filàs”.
Su
actual redacción es la siguiente:
Artículo
85.- La Comparsa de Estudiantes, que en el momento de la redacción de este
reglamento, supera el tope máximo, nunca deberá sobrepasar el número de “filàs”
que hayan desfilado el año anterior en dicha comparsa.
Propuesta de nueva
redacción:
Artículo 85.- Anular (sin contenido).
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