viernes, 9 de febrero de 2018

El viernes 16 de febrero la Unión de Festejos celebrará Asambleas Ordinaria y Extraordinaria



De conformidad con lo dispuesto en al artículo 30 de los vigentes Estatutos, la Unión de Festejos convoca Asamblea General Ordinaria el próximo viernes 16 de febrero, a las 20:30 h. en primera convocatoria y a las 21:00 h. en segunda, con arreglo al siguiente Orden del Día: 
1.- Lectura del acta de la sesión anterior y su aprobación, si procede. 
2.- Informe y aprobación, si procede, de la Memoria Anual de la Unión de Festejos en 2.017. 
3.- Aprobar, si procede, el Balance de Ingresos y Gastos de 2.017 y Presupuesto para 2.018.
4.- Nombramiento de Censores de Cuentas. 
5.- Informe Temas festeros.
6.- Ruegos y Preguntas.

A continuación, y de conformidad con los artículos 29 y 31 de los vigentes Estatutos, se celebrará Asamblea General Extraordinaria, con arreglo al siguiente Orden del Día: 
1º.- Acordar la modificación del artículo 107, letra G, apartado a, del capítulo VII del vigente Reglamento. Primer punto que corresponde al orden del día que afecta a la Comparsa de Moros Nuevos, y donde su Junta Directiva, mediante una carta con fecha de 12 de diciembre de 2.017 acordó proponer a la Asamblea Extraordinaria de Compromisarios de la Unión de Festejos se incluya la modificación del artículo 107, letra G, apartado a) del Reglamento vigente de dicha entidad, que hace referencia a la uniformidad masculina. 
Su actual redacción es la siguiente:
G) Moros Nuevos. 
1.- Traje oficial base o guerrilla:
a) MASCULINO: 
1.- Camisa blanca con capuchas y mangas hasta el codo; estas últimas con bordados en las bocamangas de color rojo, amarillo, verde y azul.
2.- Chaleco de color rojo en terciopelo, con medias lunas metálicas doradas en los delanteros y espalda, tres en total. 
3.- Manguitos marrones de tela o punto, con puños dorados de latón y collarín dorado de latón en el cuello.
4.- Pantalón bombacho en raso azul. 
5.- Faja tricolor, blanco, rojo y verde, con flecos tricolor y dos tiras que caen sobre el bombacho.
6.- Zapatillas rojas con ribetes y media luna en color amarillo. 
7.- Gorro-Fez verde tocado con una borla roja. 
Propuesta de nueva redacción: 
G) Moros Nuevos. 
1.- Traje oficial base o guerrilla: 
a) MASCULINO:
1.- Bombacho azul, con pasamanería dorada. 
2.- Camisa con capucha de color blanco con bordados en hilo verde, rojo y amarillo.
3.- Chaleco de terciopelo rojo, ribeteado con cordoncillo amarillo el contorno, con tres lunas de metal dorado, en espalda y laterales. 
4.- Faja tricolor a listas rojas, verdes y blancas, con dos caídas delanteras con flecos de los mismos colores, o bien borlas que formen los mismos colores.
5.- Puños y gargantilla de metal dorado y manguitos de hilo marrón oscuro. 
6.- Babucha roja, con media luna amarilla y calcetines marrón oscuro.

2º. Acordar la creación del artículo 107, letra G, apartado a, del capítulo VII del vigente Reglamento. Segundo punto que corresponde al orden del día que afecta a la Comparsa de Moros Nuevos, y donde su Junta Directiva, mediante una carta con fecha de 12 de diciembre de 2.017 acordó proponer a la Asamblea Extraordinaria de Compromisarios de la Unión de Festejos se incluya la modificación del artículo 107, letra G, apartado a) del Reglamento vigente de dicha entidad, con la creación del apartado a y b referente al atuendo oficial de gala masculino y femenino. 
Propuesta de nueva redacción: 
2.- Traje oficial de gala.
a) MASCULINO: 
Además de las prendas reseñadas como traje base, completan el traje de gala las siguientes prendas:
1.- Camisa con capucha y falda por debajo de la rodilla de color blanco con bordados en hilo verde, rojo y amarillo. 
2.- Chaleco de terciopelo rojo, ribeteado con cordoncillo amarillo el contorno, con tres lunas de metal dorado en espalda y laterales.
3.- Faja tricolor a listas rojas, verdes y blancas, con dos caídas delanteras con flecos de los mismos colores o bien borlas que formen los mismos colores. 
4.- Capa blanca con forro interior rojo, anudada al cuello con cordón rojo, con capucha rematada con borla verde y una franja de pasamanería roja vertical en ambos laterales de la capa y otra horizontal en la parte inferior.
5.- Puños y gargantilla de metal dorado y manguito de hilo marrón oscuro. 
6.- Babucha roja, con media luna amarilla y leotardos marrón oscuro.
7.- Fez rígido de color verde con borla de 20 cm. fijada con caída a la parte izquierda. 
8.- El armamento es una lanza de 2,5 m. rematada con punta de lanza y media luna cruzada y con penacho de crines de caballo. 
Propuesta de nueva redacción: 
b) FEMENINO:
Además de las prendas reseñadas como traje base, completan el traje de gala las siguientes prendas: 
1.- Chaleco de terciopelo rojo, rematado con pasamanería dorada, bordado en lamé dorado y pedrería de colores, según diseño y patrón establecido por la Comparsa. Hombreras de terciopelo al tono, rodeado de pasamanería dorada y borlas doradas.
2.- Camisa blanca de media manga con borlas en los extremos, escote de pico y cruce sobre el pecho, con pasamanería y bordado en hilo rojo, verde y amarillo. 
3.- Bombacho azulón con polaina, bordada en lamé dorado y rematada con pasamanería dorada.
4.- Faja recta tricolor a listas rojas, verdes y blancas. 
5.- Zapatos rojos.
6.- Manta blanca ladeada sujeta sobre el hombro derecho y recogida con una luna metálica de fornitura. Cuelga por la parte delantera hasta unos 15 cms. por encima de la rodilla. En la parte posterior, sujeta también al costado izquierdo la faja, formando una caída que deja apreciar el bordado del chaleco y cuelga el extremo hasta 15 cms. aproximadamente del suelo. Rematada con pasamanería dorada y 4 borlas rojas en las esquinas. 
7.- Turbante rojo de terciopelo, con fez verde de terciopelo en la parte superior con perdería, broche en la parte delantera, 2 borlas doradas que caen en la parte derecha, caída trasera de terciopelo verde forrada de rojo con pedrería y borla pequeña dorada en el extremo, todo ello rematado con pasamanería dorada.

3º. Acordar propuesta de modificación del artículo 50, capítulo III, del vigente Reglamento. Tercer punto que corresponde al orden del día, y donde la Junta Central Directiva, en sesión de 9 de enero de 2.018 acordó proponer a la Asamblea Extraordinaria de Compromisarios de la Unión de Festejos la modificación del artículo 50, capítulo III del vigente Reglamento de dicha entidad, que hace referencia a los Festejos. 
Su actual redacción es la siguiente: 
Artículo 50.- Abrirá el desfile una Banda de Música designada por la Unión de Festejos.
Seguirá la Comparsa que ostenta la Media Fiesta del Bando al que corresponda la Entrada, a la que seguirá el resto de las Comparsas de dicho Bando en el orden que les corresponda.A continuación el otro Bando con su Comparsa de Media Fiesta al frente y por las demás Comparsas del mismo orden que les corresponda.
Al frente de cada Comparsa figurarán todos sus Cargos Festeros de ese año. El Capitán y la Abanderada, a caballo; la “Rodella” podrá ir en un palanquín. 
El Embajador de cada Bando figurará también a caballo, junto a los Cargos Festeros de la Comparsa que ostente la Media Fiesta.
La participación de cualquier Cargo Festero, excepto la “Rodella”, que no sea a caballo, requerirá expresamente la autorización de la Junta Central Directiva. 
Propuesta de nueva redacción: 
Artículo 50.- Abrirá el desfile el Embajador Cristiano en la Entrada Cristiana y el Embajador Moro en la Entrada Mora, ambos a caballo, acompañado por una Banda de Música designada y costeada por la Unión de Festejos. La Comparsa que ostenta la Media Fiesta designara una filà en traje de gala y con armamento, si la misma lo tuviese, cerrando el bloque delante de la Banda de Música, con el mínimo y máximo de festeros en dicha filà, establecidos en los Estatutos y Reglamento vigente de la Unión de festejos. Además la Comparsa colocará a cada lado del bloque una hilera de 6 festeros como mínimo y 8 como máximo, vestidos con el traje oficial de la Comparsa de la Media Fiesta o con traje de gala. Los mismos podrán portar de manera opcional, banderines, plumeros, armamento u otro tipo de elemento. Delante de cada hilera irá el banderín de la Unión de festejos a cada lado. 
Este bloque del Embajador será siempre el primero en la apertura que presente la Comparsa que ostenta la Media Fiesta.
Seguirá la Comparsa que ostenta la Media Fiesta al frente y por las demás Comparsas del mismo en el orden que les corresponda. 
A continuación el otro Bando con su Comparsa de Media Fiesta al frente, el Embajador figurará también a caballo, con los Cargos Festeros de la Media Fiesta y por las demás Comparsas del mismo en el orden que le corresponda.
Al frente de cada Comparsa figurarán todos sus Cargos Festeros de ese año. El Capitán y la Abanderada, a caballo; la “Rodella” podrá ir en un palanquín. 
La participación de cualquier Cargo Festero, excepto la “Rodella”, que no sea a caballo, requerirá expresamente la autorización de la Junta Central Directiva.

4º. Acordar la modificación del artículo 81 y anulación del artículo 85, del capítulo IV, del vigente Reglamento. Cuarto punto que corresponde al orden del día, y donde la Junta Central Directiva, en sesión de 30 de enero de 2.018 acordó proponer a la Asamblea Extraordinaria de Compromisarios de la Unión de Festejos la modificación del artículo 81 y anulación del artículo 85, del capítulo III del vigente Reglamento de dicha entidad, que hace referencia a la participación de las filàs en los festejos. 
Su actual redacción es la siguiente: 
ARTÍCULO 81.- La participación de todas las “filás” en las comparsas será con arreglo a los siguientes criterios de actuación:
a) Cada comparsa tendrá total autonomía para ampliar o no su número de “filás”, sin sobrepasar nunca el límite máximo fijado en veinticuatro. 
b) Se limita a 24 el número máximo de “filás”, por comparsa, que podrán desfilar en las Entradas y Procesión y entendiendo por “filá” lo redactado en el artículo a) 15.
ARTÍCULO 85.- La Comparsa de Estudiantes, que en el momento de la redacción de este reglamento, supera el tope máximo, nunca deberá sobrepasar el número de “filás” que hayan desfilado el año anterior en dicha comparsa. 
Propuesta de nueva redacción: 
ARTÍCULO 81.- Cada comparsa tendrá total autonomía para ampliar o no su número de “filás”. 
ARTÍCULO 85.- Anular (sin contenido).                                                                          

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