miércoles, 25 de abril de 2018

El viernes 27 de abril la Unión de Festejos celebra una doble Asamblea General Extraordinaria


De conformidad con lo dispuesto en al artículo 31, apartado e), de los vigentes Estatutos de la Unión de Festejos San Bonifacio, Mártir, la máxima entidad festera convoca Asamblea General Extraordinaria, a las 21:30 h. en primera convocatoria y a las 22:00 h. en segunda, para el debate y aprobación, si procede, de la propuesta presentada en la pasada Asamblea Extraordinaria del día 16 de febrero de 2018, por la Junta Central Directiva, con arreglo al siguiente Orden del Día:
1º.- Debatir y aprobar si procede, la propuesta de modificación del artículo 50, capítulo III, del vigente Reglamento, que hace referencia a los Festejos.
Su actual redacción es la siguiente:
Artículo 50.- Abrirá el desfile una Banda de Música designada por la Unión de Festejos.
Seguirá la Comparsa que ostenta la Media Fiesta del Bando al que corresponda la Entrada, a la que seguirá el resto de las Comparsas de dicho Bando en el orden que les corresponda.
A continuación el otro Bando con su Comparsa de Media Fiesta al frente y por las demás Comparsas del mismo orden que les corresponda.
Al frente de cada Comparsa figurarán todos sus Cargos Festeros de ese año. El Capitán y la Abanderada, a caballo; la “Rodella” podrá ir en un palanquín.
El Embajador de cada Bando figurará también a caballo, junto a los Cargos Festeros de la Comparsa que ostente la Media Fiesta.
La participación de cualquier Cargo Festero, excepto la “Rodella”, que no sea a caballo, requerirá expresamente la autorización de la Junta Central Directiva.
Propuesta de nueva redacción:
Artículo 50.- Abrirá el desfile el Embajador Cristiano en la Entrada Cristiana y el Embajador Moro en la Entrada Mora, ambos a caballo, acompañado por una Banda de Música designada y costeada por la Unión de Festejos. La Comparsa que ostenta la Media Fiesta designara una filà en traje de gala y con armamento, si la misma lo tuviese, cerrando el bloque delante de la Banda de Música, con el mínimo y máximo de festeros en dicha filà, establecidos en los Estatutos y Reglamento vigente de la Unión de festejos. Además la Comparsa colocará a cada lado del bloque una hilera de 6 festeros como mínimo y 8 como máximo, vestidos con el traje oficial de la Comparsa de la Media Fiesta o con traje de gala. Los mismos podrán portar de manera opcional, banderines, plumeros, armamento u otro tipo de elemento. Delante de cada hilera irá el banderín de la Unión de festejos a cada lado. 
Este bloque del Embajador será siempre el primero en la apertura que presente la Comparsa que ostenta la Media Fiesta.
Seguirá la Comparsa que ostenta la Media Fiesta al frente y por las demás Comparsas del mismo en el orden que les corresponda.
A continuación el otro Bando con su Comparsa de Media Fiesta al frente, el Embajador figurará también a caballo, con los Cargos Festeros de la Media Fiesta y por las demás Comparsas del mismo en el orden que le corresponda.
Al frente de cada Comparsa figurarán todos sus Cargos Festeros de ese año. El Capitán y la Abanderada, a caballo; la “Rodella” podrá ir en un palanquín.
La participación de cualquier Cargo Festero, excepto la “Rodella”, que no sea a caballo, requerirá expresamente la autorización de la Junta Central Directiva.

A continuación, y de conformidad con lo dispuesto en al artículo 31, apartado d, de los mencionados Estatutos, se convoca Asamblea General Extraordinaria, para el debate y aprobación, si procede, de la propuesta también presentada en la pasada Asamblea Extraordinaria de fecha 16 de febrero de 2018, por la Junta Central Directiva, con arreglo al siguiente Orden del Día:
1º.- Debatir y aprobar si procede, la propuesta de modificación del artículo 81 y anulación del artículo 85, del capítulo IV, del vigente Reglamento, que hace referencia a la participación de las filàs en los Festejos.
Su actual redacción es la siguiente:
Artículo 81.- La participación de todas las “filàs” en las comparsas será con arreglo a los siguientes criterios de actuación:
a) Cada comparsa tendrá total autonomía para ampliar o no su número de “filàs”, sin sobrepasar nunca el límite máximo fijado en veinticuatro.
b) Se limita a 24 el número máximo de “filàs”, por comparsa, que podrán desfilar en las Entradas y Procesión y entendiendo por “filà”  lo redactado en el artículo a) 15.
Propuesta de nueva redacción:
Artículo 81.- Cada comparsa tendrá total autonomía para ampliar o no su número de “filàs”.
Su actual redacción es la siguiente:
Artículo 85.- La Comparsa de Estudiantes, que en el momento de la redacción de este reglamento, supera el tope máximo, nunca deberá sobrepasar el número de “filàs” que hayan desfilado el año anterior en dicha comparsa.
Propuesta de nueva redacción:
Artículo 85.- Anular (sin contenido). 

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